El 30 de marzo de 2015 entraron en vigor normas más estrictas de mantenimiento de registros para los trusts domiciliados en las Islas Vírgenes Británicas, a través de una enmienda a la Ordenanza de Trustees, Cap 303. La nueva normativa, que se aplica a todos los tipos de trusts de BVI, incluidos los VISTA trusts, se ha introducido para cumplir las recomendaciones de la OCDE. Ya se han aplicado requisitos similares a las empresas y sociedades limitadas de las Islas Vírgenes Británicas.
Los nuevos requisitos
Los trustees de los trusts de BVI ahora deben mantener registros y documentación subyacente del trust durante un período de al menos cinco años. Los registros deben ser suficientes para mostrar y explicar todas las transacciones del trust y permitir determinar la situación financiera del trust con una precisión razonable.
Definición de "registros" y "documentación subyacente"
Los "registros" y la "documentación subyacente" incluyen cuentas, facturas, contratos o documentación similar que demuestren:
- el valor y el detalle de los ingresos y gastos
- todas las ventas y compras y otras transacciones
- los activos y pasivos del trust
Sanciones
Los trustees que incumplan los nuevos requisitos pueden ser sancionados con una multa de hasta 100,000 dólares o hasta 5 años de cárcel.