El 18 de noviembre de 2022, Malta publicó la legislación subsidiaria de aplicación de las normas formales sobre precios de transferencia ("las Normas").
Las normas entrarán en vigor el 1 de enero de 2024 y se aplicarán a todos los acuerdos celebrados o modificados a partir de esa fecha.
Aplicación y ámbito de aplicación
Las Normas se aplicarán a los acuerdos transfronterizos entre partes vinculadas (o entidades asociadas), definidas como poseedoras del 50% o más de derechos comunes de participación directa o indirecta en grandes grupos multinacionales incluidos en el ámbito de aplicación de la información desglosada por países, o del 75% en el caso de grandes multinacionales excluidas de dicha información.
Los siguientes casos constituyen acuerdos transfronterizos y, como tales, entran en el ámbito de aplicación del Reglamento:
- Un acuerdo entre una sociedad residente en Malta y una parte no residente en Malta;
- Un acuerdo entre una sociedad residente en Malta y un establecimiento permanente situado fuera de Malta al que el acuerdo está efectivamente vinculado; y
- Un acuerdo entre una sociedad que mantiene un establecimiento permanente en Malta al que el acuerdo está efectivamente vinculado, o que de otro modo obtiene ingresos o beneficios procedentes de Malta, y una parte no residente en Malta.
Para determinar los ingresos totales de cualquier empresa, las normas hacen referencia al principio de plena competencia, que se define como la cantidad que partes independientes no vinculadas habrían acordado en circunstancias comparables. Las normas prevén que el Comisionado de Hacienda proporcione más orientación sobre la metodología que debe utilizarse para determinar el importe de plena competencia y la documentación que se espera que sea pertinente.
Excepciones
Las Normas no se aplicarán a las microempresas ni a las pequeñas y medianas empresas, tal y como se definen en los Reglamentos de la UE sobre ayudas estatales. Además, las Normas no se aplicarán:
- cuando el acuerdo comprenda una operación de titulización en los términos de las Normas sobre operaciones de titulización (deducciones); o
- cuando, en relación con una empresa incluida en el ámbito de aplicación de las Normas sobre Precios de Transferencia:
- el valor total, en condiciones de plena competencia, de todos los ingresos y gastos de naturaleza patrimonial que formen parte de los acuerdos transfronterizos durante el ejercicio anterior al de la declaración no exceda de 6,000,000 de euros; y
- el valor total, en condiciones de plena competencia, de todos los ingresos y gastos de capital que formen parte de acuerdos transfronterizos en el ejercicio anterior al de la declaración no supere los 20,000,000 de euros.
Es importante señalar que el Reglamento sólo se tiene en cuenta a efectos del impuesto sobre la renta y no del IVA.
¿Cómo podemos ayudarle?
Si tiene alguna pregunta o necesita más orientación sobre este asunto, no dude en ponerse en contacto con Nadya Turban y Janice Copperstone en nuestra oficina de Malta.