• Mejora del régimen de concesión de la nacionalidad chipriota a los inversores

Mejora del régimen de concesión de la nacionalidad chipriota a los inversores

El 13 de septiembre de 2016, el Gobierno de Chipre anunció nuevas mejoras en su régimen de ciudadanía para inversores internacionales.

Cambios clave

  • La inversión requerida para los solicitantes individuales se ha reducido a €2 millones (desde €5 millones).
  • Los padres de un solicitante individual tienen ahora derecho a solicitar la nacionalidad, sin requisitos adicionales de inversión, siempre que posean una residencia permanente en Chipre por un valor mínimo de €500,000 (IVA excluido).
  • El régimen se ha simplificado mediante la eliminación de determinadas categorías de inversión: depósitos en bancos chipriotas, inversiones colectivas y ciudadanía para las personas cuyos depósitos en el Bank of Cyprus y/o el Laiki Bank se redujeron en €3 millones o más como consecuencia de las medidas de reestructuración impuestas a estos bancos en 2013.

Los solicitantes pueden optar a la nacionalidad chipriota si cumplen uno de los siguientes criterios personalmente o a través de la empresa o empresas en las que participen como accionistas (o beneficiarios efectivos).

Los solicitantes deben realizar las inversiones necesarias durante los tres años anteriores a la fecha de la solicitud y conservarlas durante un periodo mínimo de tres años tras la concesión de la nacionalidad.

Inversión en proyectos inmobiliarios, de desarrollo del suelo y de infraestructuras
El solicitante debe haber realizado una inversión de al menos €2 millones para la adquisición o construcción de edificios, o para la construcción de otros proyectos de desarrollo de terrenos (urbanizaciones residenciales o comerciales, desarrollos en el sector turístico u otros proyectos de infraestructuras). La adquisición de terrenos puede acogerse a la ayuda siempre que vaya acompañada de un plan de desarrollo. Quedan excluidas las inversiones en terrenos situados en una zona de desarrollo cero.

Si toda la inversión se realiza en viviendas, el importe total de la inversión tiene un límite máximo de €2 millones, siempre que una de las viviendas tenga un valor mínimo de €500,000 y la conserve el inversor de por vida.

Compra, creación oparticipación ennegocios o empresas chipriotas
El solicitante debe haber realizado una inversión de al menos €2 millones en la compra, creación o participación en negocios o empresas con sede y actividad en la República. Estos negocios o empresas deben tener una presencia tangible en Chipre y emplear al menos a cinco ciudadanos chipriotas y/o de la Unión Europea que hayan residido legalmente en Chipre durante un periodo continuado de al menos cinco años. El número mínimo de empleados aumenta cuando más de un solicitante invierte en la misma inversión.

Inversión en activos financieros de empresas chipriotas de organizaciones chipriotas
El solicitante puede adquirir activos financieros por un importe mínimo de €2 millones de empresas u organizaciones autorizadas y supervisadas por la Comisión del Mercado de Valores de Chipre (CySEC), como participaciones de fondos de inversión alternativos (AIF) y acciones/bonos/deuda de empresas chipriotas (emisión regulada por la CySEC).

Estas empresas deben tener presencia física en Chipre y los fondos de inversión deben utilizarse exclusivamente en Chipre.

El gestor o auditor del fondo debe informar anualmente a los Ministerios de Hacienda e Interior de que se mantiene el importe de la inversión inicial. Otras inversiones aprobadas por el Ministerio de Hacienda pueden acogerse a los fines del régimen.

Una combinación de los criterios anteriores
El solicitante puede realizar inversiones o compras en una combinación de los tres criterios anteriores siempre que el valor total ascienda al menos a €2 millones. Con arreglo a este criterio, el solicitante también puede adquirir bonos del Estado, directamente del Ministerio de Hacienda, con un límite de €500,000 para la inversión en bonos.

Condiciones adicionales
Además de las condiciones financieras expuestas anteriormente, el solicitante de la nacionalidad chipriota también debe cumplir los siguientes criterios, tanto en el momento de la solicitud como en cualquier momento posterior a la concesión de la nacionalidad.

  • No debe tener antecedentes penales.
  • Su nombre no debe figurar en ninguna lista de personas cuyos activos estén congelados en la Unión Europea.
  • Deben tener una residencia permanente de propiedad privada en Chipre con un valor mínimo de €500,000 (sin IVA). Cabe señalar que los miembros de una misma familia (definida como incluyendo parientes hasta el segundo grado) que presenten solicitudes por separado como inversores pueden adquirir colectivamente una residencia, siempre que el valor total de esta propiedad cubra la cantidad de €500,000 por solicitante. Cuando el precio de compra de la vivienda supere la cantidad de €500,000 (IVA excluido), el importe sobrante podrá incluirse en el conjunto de la inversión.
  • Deben ser titulares de un permiso de residencia permanente en Chipre anterior a la obtención de la nacionalidad chipriota. Para quienes no hayan adquirido dicho permiso, la solicitud puede presentarse simultáneamente con la solicitud de ciudadanía sin más requisitos de inversión.

La nacionalidad puede ser revocada por incumplimiento de cualquiera de estas condiciones.

¿Cómo podemos ayudarle?

  • Asistencia en la preparación y presentación de los formularios de solicitud pertinentes, y comunicación con las autoridades locales.
  • Prestación de servicios de administración corporativa y fiduciaria en relación con inversiones y sociedades mercantiles
  • Organización de servicios jurídicos, contables y bancarios